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La línea de defensa

Era un invernadero que parecía grande en una masía bien alejada de todo. Pero, al llegar, un fiasco, tan solo doce plantas. No eran muchas, pero bien grandes y frondosas; había que cortarlas, destruirlas, acabar con el maligno verde. Y claro, como no podía ser de otra manera, el chaval que las regaba, detenido, faltaría más, que es droga.

En agosto se abre la veda y los cazadores salen a rastrear el monte. No les importa el calor ni pasar horas dentro de un todoterreno como si estuvieran en una coctelera. Lo importante es detectar plantaciones de marihuana, por pequeñas que sean. Luego ya se pesan si hace falta el tronco, las ramas gruesas o la tierra, e incluso si es necesario algunas piedras que haya por ahí cerca. La cuestión es que en la nota de prensa parezca que se ha decomisado mucha droga, ya sea en plantas o en kilos. En el caso de este mes no podemos saber cuántos días tardaron en localizar la masía donde se llevaba a cabo el cultivo, porque si bien era tipo invernadero, estaba bien oculto y era realmente pequeño. Pero sea como fuera, consiguieron dar con la pequeña plantación de un humilde jardinero individual y llenar el maletero del todoterreno policial con doce plantas bien hermosas, es cierto, pero también con tronco, ramas, tierra y más de una piedrecilla. Total, sesenta y cuatro kilos para la nota de prensa. Creían que iba a ser mucho más. Era un invernadero que parecía grande en una masía bien alejada de todo. Pero, al llegar, un fiasco, tan solo doce plantas. No eran muchas, pero bien grandes y frondosas; había que cortarlas, destruirlas, acabar con el maligno verde. Y claro, como no podía ser de otra manera, el chaval que las regaba, detenido, faltaría más, que es droga. A pesar del tono jocoso, la cosa es seria. Ya sabemos que por encima de diez kilogramos netos la pena ya no se queda en el tipo básico del delito contra la salud pública por cannabis, que es de uno a tres años de prisión, sino que sube a la pena superior en grado, esto es, de tres años a cuatro años y medio de cárcel, por concurrir la agravante de notoria importancia. Y detrás de un caso siempre hay al menos una persona que está sufriendo la pena de banquillo y el miedo a ir a la cárcel. El chico fue puesto en libertad a las pocas horas, una vez fue filiado y fichado. No declaró en comisaría, e inmediatamente movió contactos para conseguir un abogado que lo pudiera defender. El caso está ahora abierto.

No siempre es fácil decidir la estrategia de defensa. El detenido es consumidor, está claro, pero la cantidad decomisada es muy alta como para defender un cultivo para el consumo individual. Lo primero que se debe hacer en un caso como este es redactar un escrito al juez para pedir que no se destruya la sustancia decomisada porque se tiene la intención de realizar una pericial de parte para determinar el peso neto exacto de la sustancia intervenida. Esto hay que pedirlo rápido porque si no el juez puede autorizar su destrucción una vez ya se han tomado las muestras necesarias para su análisis por el Instituto Nacional de Toxicología o el Laboratorio de Policía Científica de los Mossos d’Esquadra. Algunos jueces lo autorizan y otros no. Si lo deniegan hay que formular recurso directo de apelación y solicitar la suspensión de la autorización de la destrucción de la marihuana intervenida. En este caso, el juez ha acordado que no se destruya de momento la sustancia y que se esté a la espera del resultado del análisis del laboratorio público. Esperaremos. Tenemos la esperanza de que en este caso será posible practicar la pericial y presentar un dictamen en el que la cantidad quede reducida a menos de diez kilos, al menos con ello se podría discutir la aplicación de la agravante de notoria importancia. Pero, en cualquier caso, y pensando en luchar por la absolución, sean ocho o doce kilos, son demasiados para el consumo de una sola persona. El Tribunal Supremo en alguna sentencia, ciertamente, un poco descabellada, ha establecido que el consumo habitual de una persona adicta podría ser de hasta veinte gramos al día. Si multiplicamos esta cantidad por un consumo diario durante un año, de cosecha a cosecha, al ser el cultivo de exterior, nos da siete mil trescientos gramos. Es difícilmente defendible un consumo sostenido de 20 gramos de una persona durante todo un año, pero aun así no nos salen los números. Sin embargo, en este caso tenemos dos bazas reales a presentar. La primera, que el cultivo también pertenecía a dos de sus hermanos. Ya son tres cultivadores y consumidores, con lo que las cantidades ya no se ven tan excesivas. Y por otro lado, resulta que dos de los tres hermanos son usuarios de marihuana medicinal, y se hacen ellos mismos las cremas a partir de la marihuana que cosechan, con lo que podemos defender que necesitan mucha más cantidad que veinte gramos al día para utilizar la maría como medicamento. Ya conocéis la línea de defensa. Esperemos que funcione. ¡Os lo contaremos en los próximos números de la revista!

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