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Registro ilegal

En el caso de junio del año pasado explicasteis la historia de un tipo al que le denunció su novia por tener marihuana en casa y por violencia de género, y que luego anularon las pruebas porque la entrada y el registro habían sido ilegales. ¿Lo podéis explicar un poco mejor? El fiscal recurrió, ¿cómo acabó la cosa? Si soy sincero, me ha pasado algo similar…
Anónimo

Recuperamos esta pregunta llegada a la redacción hace unas semanas, porque justamente hemos tenido resolución de ese caso interesante de junio del 2021. El Ministerio Fiscal recurrió la sentencia absolutoria que había declarado nulas las pruebas obtenidas en la entrada y registro de la vivienda del denunciado por cultivo interior de marihuana. El registro se había hecho sin autorización judicial y con el único consentimiento de la mujer denunciante. Ella le había denunciado por violencia de género, y cuando llegó la policía les dijo que había una plantación en el sótano. Los agentes le pidieron su consentimiento para entrar y registrar, y ella les dijo que sí. El denunciado estuvo durante todo ese tiempo detenido por la denuncia de violencia de género, y no se le pidió consentimiento ni a él ni al juez de guardia. En el juicio planteamos la nulidad de la entrada y registro y la juez nos dio la razón. Al cabo de unos meses nos dieron traslado del recurso del Ministerio Fiscal, contra el que tuvimos que hacer un escrito de oposición. Básicamente, la discusión jurídica es si hay o no identidad de intereses entre quienes viven en el mismo domicilio. La regla general es que solo la persona afectada es la que tiene la potestad de autorizar el quebrantamiento de su privacidad. Pero si dos personas son pareja y viven juntos, el consentimiento dado por cualquiera de ellos es válido, porque representan una misma esfera de privacidad. Sin embargo, cuando la denuncia implica una ruptura de pareja, cuando el consentimiento para el registro se da cuando ya no hay identidad de intereses, entonces hay que pedir el consentimiento de la persona interesada o del juez, no vale el de la expareja con la que te acabas de discutir. Así lo resolvió la sentencia de apelación en nuestro caso, que confirmó la absolución por falta de prueba, al haberse declarado la nulidad de la prueba obtenida en la entrada y el registro. Bueno, espero haberte ayudado respecto del procesamiento por el delito contra la salud pública; en relación con el delito de violencia de género, si lo has hecho, más vale que le pidas perdón y no te vuelvas a acerca a ella, y si te condenan, cumple y que sirva para que no vuelva a ocurrir.

Gabriel Miró

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