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Solo sí es sí

Hay que avanzar mucho en la cultura del solo sí es sí, para que los hombres podamos entender plenamente lo que eso significa.

El caso de este mes es ciertamente perturbador. Se conocieron del barrio, ella con catorce años, él con veintiséis. Ella era extrovertida, con carácter, iba siempre con su grupo de amigas y le gustaba ya a su edad fumar marihuana y hachís. Él era de los guapos y echados para adelante. Siempre tenía para fumar, y conducía una ciento veinticinco que hacía mucho ruido. Un día ella le siguió la conversación y se fue haciendo tarde, él le había invitado a fumar y andaban algo colocados. Era verano y parecía que el día se alargaría hasta la mañana siguiente, pero al fin se hizo oscuro. Estaban sentados en un banco de un parque, rodeados de algunos árboles. Él le ofreció hacerse otro porro, y si quería, llevarse algo para fumar en casa o con sus amigas. Mientras ella decía que sí y alargaba su mano para coger lo que el otro le ofrecía, el hombre le dijo que le gustaba mucho, que era una chica muy bonita y que le encantaría que ella también le diera algo a él. Con palabras zalameras le dijo que le encantaría que le masturbara, que estaba loco porque ella le tocara un poquito. Ella se quedó parada, sorprendida, pero sin pensar demasiado le tocó un poco por encima. Él se bajó un poco los pantalones y le pidió que siguiera. Al cabo de unos minutos, sutilmente, sin decir nada, la cogió de la cabeza y la inclinó hacia su pene. Ella se dejó llevar y le acabó haciendo una felación, sin querer hacerlo, por pura inercia. Con posterioridad a ese día, le volvió a ofrecer en varias ocasiones cannabis a cambio de sexo, no solo felaciones sino también relaciones sexuales con penetración. Ella accedía a cambio de llevarse algo para fumar durante unos cuantos días. Pero cada día se sentía peor. Se veía a sí misma prostituyéndose, haciendo sexo a cambio de algo con valor económico. Se lo contó a una amiga, y esta la animó a denunciar los hechos a la policía. Al final fue a la Guardia Civil y lo contó todo, les dijo literalmente que tenía la autoestima por los suelos y que era consciente de que se estaba prostituyendo. Le preguntaron si las relaciones eran consentidas, y dijo que sí, que en ningún momento la había forzado físicamente ni coaccionado para hacer nada. A él lo detuvieron y la jueza ordenó su ingreso en prisión, donde estuvo unas semanas hasta que le concedieron la libertad provisional. Le acusaron de un delito continuado de abuso sexual, un delito de inducción a la prostitución y un delito contra la salud pública, por favorecer el consumo de drogas. El hombre no era consciente de la gravedad de lo que estaba haciendo. Su abogado le tuvo que explicar lo que sucedía. Ella tenía tan solo catorce años, doce menos que él. Era una niña, lo era aunque pudiera parecer por su actitud una chica más mayor. Le explicó que el Código penal castiga como delito de abuso sexual toda relación de carácter sexual con una menor de dieciséis años. Se considera que el consentimiento de una menor de dieciséis años es ineficaz, nulo, que no tiene ningún efecto jurídico, y que, por lo tanto, a efectos legales, no existió consentimiento. Le condenaron en la Audiencia Provincial a una pena de diez años por el delito de abuso sexual a menor de edad más diez años de libertad vigilada; a cuatro años por el favorecimiento de la prostitución más otros diez años de libertad vigilada, y a dos años y cincuenta euros de multa por el delito contra la salud pública. Además, en concepto de responsabilidad civil, la cantidad de dieciocho mil euros por daños morales. Toda la prueba de los hechos se basó en la declaración de la menor, que en diferentes momentos del proceso expuso el mismo relato de hechos de forma persistente y sin incurrir en ningún tipo de vacilación o contradicción. Fue esencial el hecho de que el acusado declarara no conocer siquiera a la denunciante, y ella en cambio pudo dar detalles del cuerpo de él, como tatuajes y un piercing que no estaban a la vista. Esta condena fue recurrida primero en apelación ante el Tribunal Superior y, posteriormente, en casación ante el Tribunal Supremo. El primero ratificó la condena en sus mismos términos, y el segundo rebajó la pena de los delitos de prostitución y el delito contra la salud pública, por entender que el ofrecimiento de marihuana y hachís era un instrumento para obtener las relaciones sexuales, de modo que eliminó la pena de cuatro años y la de dos años y las sustituyó por una única pena de tres años y once meses de prisión más siete años de libertad vigilada. En mi opinión, este caso no va de que la chica realizara la conducta por estar bajo los efectos de una droga demoníaca. Se trata simple y llanamente del abuso de una persona adulta frente a una niña, que, por su edad, es fácilmente manipulable. Hay que avanzar mucho en la cultura del solo sí es sí, para que los hombres podamos entender plenamente lo que eso significa.

Este contenido se publicó originalmente en la Revista Cáñamo #297

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